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Matrimonio San Ildefonso Granada

EL MATRIMONIO

Reserva la fecha de la boda...

Reserva la fecha de la boda....

Para esto hay que hablar con uno de los sacerdotes, en las horas de despacho.

Se puede reservar fecha para celebrar el matrimonio un año antes del mes en que se prevé la boda.

Los días habituales para las bodas son:
•    Viernes a las 18.00
•    Sábados a las 12.00 y a las 18.00

Si se prefiere otro día, habría que concretar las posibilidades.
 

Expediente Matrimonial

Es un documento donde figuran todos los datos de los contrayentes en el que consta su libertad para contraer matrimonio; una vez celebrada la boda es firmado por los testigos y los contrayentes, más el sacerdote que asiste la boda. Después se os entrega el certificado de matrimonio eclesiástico, que hay que llevar al juzgado para que conste civilmente y obtener el Libro de Familia.

El expediente matrimonial ha de iniciarse en la parroquia del novio o de la novia.

Para formalizar el expediente Matrimonial

Se han de aportar los siguientes documentos:

1. Partida de Bautismo de la parroquia donde estéis bautizados (original, no fotocopia). Si estuvieseis bautizados en otra Diócesis, la partida de bautismo ha de estar legalizada, es decir, reconocida por el obispado de aquella Diócesis (es requisito indispensable).

2. Partida de nacimiento

3. Fe de soltería

4. Fotocopia del DNI de ambos contrayentes o pasaporte u otro documento similar si no es español.

5. Testigos: además deben ir dos testigos, con sus DNI, que conozcan desde hace tiempo a los contrayentes.

6. Certificado del curso de preparación al matrimonio y la vida familiar.

Cursillos

Podéis hacerlos donde prefiráis y aportar el certificado de asistencia. Para hacerlos aquí conviene solicitarlo al reservar la fecha del matrimonio.

 

Habitualmente los tenemos durante 4 sábados en horario de 17,00 a 19,30 los meses de febrero, mayo y noviembre.

Para más información ver Cursillos prematrimoniales de otoño, invierno o primavera.
 

Celebración del Matrimonio

Los que sois católicos es normal que queráis celebrar la boda dentro de la Misa, para realzar así vuestra mutua unión y con Jesucristo, pero también puede celebrarse la boda fuera de la Misa cuando las circunstancias lo aconsejen. Si uno es católico y el otro cristiano no católico, no bautizado, agnóstico o de otra religión, la celebración del matrimonio hay que hacerla fuera de la misa, según el ritual específico para estas situaciones.

Para la preparación de la ceremonia, el sacerdote, de acuerdo con los novios, seleccionará en el Ritual los formularios para las lecturas, expresión del consentimiento, etc., y concretarán otros detalles sobre la celebración, como cantos o acompañamiento musical, ornamentación o trabajo de los fotógrafos.

Si tenéis un sacerdote pariente o amigo que quiera celebrar vuestro matrimonio, no sólo no tenemos inconveniente en que venga, sino que nos alegra poder recibirle.

Finalmente, os recordamos que el sostenimiento de la Iglesia nos obliga a todos . Con ocasión de la boda –como cuando se celebran otros sacramentos-, se debe contribuir con un donativo que ayude a cubrir los gastos que se producen, y a colaborar con las tareas de evangelización y caridad.

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